Archivada provisionalmente la investigación sobre el tren atrapado en el incendio de Bejís
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de
Segorbe (Castellón) ha archivado provisionalmente la investigación relativa al
tren que se vio atrapado por el incendio forestal de Bejís el 16 de agosto del
pasado año hasta recibir un informe técnico sobre unos dispositivos
electrónicos.
Así lo acordó la anterior titular del órgano
judicial en un auto fechado el pasado 26 de enero y que no ha sido notificado a
las partes personadas en el procedimiento hasta este jueves debido a la huelga
de los letrados de la Administración de Justicia.
El juzgado incoó diligencias previas por posibles
delitos de lesiones y daños el 10 de octubre del pasado año, tras recibir el
atestado sobre el incidente, que causó varios heridos, elaborado por la Guardia
Civil.
Al día siguiente, la juez acordó remitir dos
dispositivos electrónicos del tren al Departamento de Nuevas Tecnologías del
Instituto Armado para el volcado y el estudio de los datos que contienen.
En estas diligencias previas figuraban cuatro
investigados (la maquinista que pilotaba el tren, un responsable del Consorcio
de Bomberos de Castellón y otros dos responsables del Servicio de Prevención de
Incendios de esta provincia), así como 30 perjudicados y 34 testigos.
No obstante, ninguno de ellos ha sido citado para
prestar declaración al decretarse el sobreseimiento provisional de la causa por
no aparecer “debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado
motivo a la formación de la causa”.
El juzgado entiende que la investigación no puede
continuar sin el informe técnico solicitado, lo que requerirá un tiempo por su
complejidad y los medios de que disponen los investigadores.
El auto establece así el archivo provisional de la
causa, lo que evita que corran plazos procesales, “hasta tanto se reciba el
contenido del volcado y análisis de los datos existentes en los dispositivos
electrónicos objeto de examen pericial y pueda continuarse con la presente
investigación”.
La decisión del juzgado no es firme y contra ella
cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación.
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